Pensión de Sobrevivencia
Es el derecho a una pensión para el grupo familiar (beneficiarios) de una persona afiliada fallecida.
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Es el beneficio mensual de dinero que reciben los afiliados al Sistema de Pensiones que la Comisión Médica de la Superintendencia de Pensiones ha declarado inválidas.
Luego de que la Comisión Médica resuelve que el afiliado se encuentra en situación de invalidez, se obtiene el monto de la Pensión de Invalidez, el que considera cuando corresponda el Aporte Adicional realizado por la AFP (cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia).
Existen dos tipos de Pensión de Invalidez:
Lo otorga el primer dictamen de Pensión de Invalidez, es de carácter transitorio y dura 3 años. Al terminar este periodo, se efectúa una reevaluación de la invalidez que afecta al trabajador, pudiendo ser confirmada pasando a ser definitiva.
El financiamiento de esta pensión depende de si el afiliado tiene derecho al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), es decir: Lo otorga el primer dictamen de Pensión de Invalidez, es de carácter transitorio y dura 3 años. Al terminar este periodo, se efectúa una reevaluación de la invalidez que afecta al trabajador, pudiendo ser confirmada pasando a ser definitiva.
El financiamiento de esta pensión depende de si el afiliado tiene derecho al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), es decir:
Este tipo de pensión es permanente, por lo que no requiere una reevaluación de la invalidez.
Su financiamiento depende de si la persona afiliada tiene derecho al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), es decir:
Las personas afiliadas menores de 65 años, sean hombres o mujeres (las mujeres deben haber optado a continuar cotizando el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia), quienes a consecuencia de enfermedad o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales, sufran un menoscabo permanente de su capacidad de trabajo, de acuerdo a lo siguiente:
Transcurridos los tres años desde que se emitió el primer dictamen, la persona afiliada es citada por su Administradora a reevaluación, donde:
Importante:
Las actividades y tiempos mencionados corresponden a plazos estimados
Puedes revisar más información sobre Pensión de Invalidez en este documento.
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