Ley de Pensión de Alimentos
Esta ley busca hacer efectivo el pago de deudas de alimentos, mejorar el acceso a la información de las personas deudoras y permitir que los Tribunales investiguen.
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Monto de dinero que otorga el Estado por cada carga familiar.
La Asignación Familiar es un beneficio en dinero que otorga el Estado a los trabajadores activos o pasivos, por cada persona que dependa de éstos (causantes o cargas).
La Asignación Familiar es un beneficio en dinero que otorga el Estado a los trabajadores activos o pasivos, por cada persona que dependa de éstos (causantes o cargas).
Importante:
No hay límites de edad para los hijos, nietos, bisnietos y ascendientes declarados inválidos. Además, los causantes deben vivir a expensas de la persona trabajadora o pensionada que las invoque (beneficiario), y no pueden tener una renta igual o superior al 50% del ingreso mínimo mensual. Sin embargo, las pensiones de sobrevivencia no se consideran renta para determinar dicha incompatibilidad.
La persona trabajadora activa debe acreditar con los documentos que correspondan, la calidad de causante de la "carga" familiar, ante la Caja de Compensación, quien autorizará el pago. Una vez obtenida, la debe entregar a su empleador, quien pagará junto con su remuneración las Asignaciones Familiares autorizadas, descontándolas del pago de impuestos que deben efectuar, ya que son de cargo del Estado.
La persona afiliada pensionada debe acreditar sus "cargas" ante la entidad que le paga la pensión, quien se las cancelará junto con su mensualidad. En el caso de encontrarse recibiendo su pensión en Retiro Programado o Renta Temporal, lo acreditará ante su AFP. Si se acoge a una Renta Vitalicia Inmediata o Diferida, lo deberá hacer en la Compañía de Seguros de Vida.
¿Qué documentación se debe presentar a la AFP?
A partir del 1 de julio de 1992 (Ley N° 19.152), el monto se diferencia según el ingreso mensual del beneficiario, entendiéndose por tal la suma de los ingresos devengados durante el primer semestre de cada año (remuneraciones, subsidios, pensiones), dividida por el número de meses en que registre ingresos. Para obtener información detallada sobre los montos vigentes revisa nuestra página de Cotizaciones Vigentes.
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