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¿Quién es responsable de determinar los montos y las cuentas que se considerarán para el pago de la deuda?

El Tribunal de Familia tiene la autoridad para determinar los montos y las cuentas desde las cuales se obtendrán los fondos para pagar la deuda, siguiendo el siguiente orden de prioridad establecido por la ley:

1. Saldo en cuentas bancarias y de ahorro previsional voluntario.

2. Instrumentos financieros o de inversión que sean fácilmente liquidables.

3. Cuentas Obligatorias en la AFP (solo si la deuda es igual o superior a 3 meses continuos o 5 meses discontinuos desde la entrada en vigencia de la ley).

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