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¿Cómo se realiza el pago de un depósito convenido?

El pago de estos depósitos debe efectuarse entre el 1 y el 10 de cada mes, respecto de las remuneraciones del mes anterior. Si el pago se realiza en forma electrónica, el plazo se extiende hasta el día 13, aún cuando fuere sábado, domingo o festivo. Para ello, el empleador debe completar el formulario "Planilla de Pago de Cotizaciones Voluntarias, Depósitos Convenidos y Aportes de Indemnización Fondo de Pensiones" y presentarlo en la entidad recaudadora.

En caso de que el empleador efectúe la declaración y no pago de los depósitos, debe completar el formulario "Planilla de Declaración y No Pago de Cotizaciones Voluntarias, Depósitos Convenidos y Aportes de Indemnización Fondo de Pensiones".

En el caso de trabajadores de casa particular, pertenecientes al nuevo Sistema Previsional, el empleador debe enterar los depósitos convenidos junto con las cotizaciones previsionales, depósitos de ahorro voluntario y aportes de indemnización, utilizando el formulario único para estos efectos denominado "Planilla de Pago de Trabajadores de Casa Particular". Para efectuar la declaración y no pago de los depósitos, el empleador debe utilizar el formulario "Planilla de Declaración y No Pago Trabajador de Casa Particular". 

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