Tenemos información importante para ti:

Saltar a contenido
Volver a Centro de Ayuda

¿Qué sucede con mis fondos si fallezco?

Si tienes beneficiarios con derecho a pensión, la AFP les pagará las pensiones de sobrevivencia correspondientes. Si no los tienes, el saldo de tus cuentas en la AFP constituye herencia y se entrega a tus herederos legales después de tramitada la posesión efectiva, si correspondiese presentarla. 

Los beneficiarios pueden ser: 

  • Cónyuge, debe estar casado (a) hace 6 meses al momento de fallecimiento del afiliado no pensionado; llevar 3 años de matrimonio cuando el afiliado es pensionado; o si existen hijos comunes o la cónyuge está embarazada, solo se requiere estar casados, sin plazo. 
  • Padre o madre de hijos de filiación no matrimonial, que acrediten ser viudo o soltero y vivir a expensas del afiliado a la fecha de siniestro. 
  • Los hijos, entendiéndose por tales los de filiación matrimonial, de filiación no matrimonial y adoptivos, que sean solteros y menores de 18 años de edad. Si son mayores de 18 años, pero menores de 24 años, solteros, deben ser estudiantes de cursos regulares de Enseñanza Básica, Media, Técnica o Superior, en Chile o en el extranjero en instituciones reconocidas por el Ministerio de Educación. La calidad de estudiante debe tenerla a la fecha de fallecimiento del causante o adquirirla antes de los 24 años de edad. Se considera también estudiante a aquel hijo que a la fecha del fallecimiento del causante o al cumplir los 18 años, se encontrara realizando práctica profesional como estudiante, efectuando el servicio militar o hubiera congelado sus estudios. 
  • Los hijos inválidos tienen derecho a Pensión de Sobrevivencia, cualquiera sea su edad; para este efecto, la invalidez puede producirse después del fallecimiento del afiliado, pero antes de que cumpla 18 o 24 años de edad, según corresponda. La declaración de invalidez de los hijos inválidos la calificará la Comisión Médica Regional de la Superintendencia de Pensiones. 
  • En caso de no existir beneficiarios indicados anteriormente, tienen derecho los padres del afiliado fallecido, siempre que sean carga familiar.
Glosario Sidebar Afp Capital
Te puede interesar

Puedes cambiarte en 3 simples pasos y en 5 minutos

Cámbiate a AFP Capital
Te puede interesar

Puedes cambiarte en 3 simples pasos y en 5 minutos

Cámbiate a AFP Capital

¿Necesitas contactarnos?

Asistente virtual

Sin importar el día o la hora, Clara está lista para responder tus dudas con respuestas automatizadas.

Hablar con Clara

Nuestras sucursales

Encuentra tu sucursal más cercana.

Ir a sucursales

Escríbenos

Abre tu aplicación y úsala para contactarnos.

WhatsApp

Llámanos

Lunes a jueves de 09:00 a 18:00
Viernes de 09:00 a 15:50

  • Contáctanos en Chile 
    600 6600 900
  • Desde el extranjero 
    +56 2 3293 4655