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¿Se puede realizar este proceso mediante un tercero?
Sí, tal como en los trámites para iniciar el proceso de pensión, se puede entregar un poder notarial a un tercero para que represente al afiliado, debe decir explícito que solicita el traspaso de sus ahorros a la cuenta de corriente del Fondo de Pensiones.
Preguntas frecuentes relacionadas
Respuestas rápidas y precisas a las preguntas más buscadas
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¿Qué es la cuenta corriente del Fondo de Pensiones?
La cuenta corriente del Fondo de Pensiones es una cuenta completamente diferente a las cuentas bancarias -
¿Cuándo se solicita el congelamiento de saldos?
Cada afiliado que comenzará con su trámite de pensión podrá indicar si desea o no congelar sus ahorros, a través de un formulario -
¿El traspaso de los fondos se realizará a una cuenta personal de cada afiliado?
Los fondos no se envían a las cuentas corrientes propias de los afiliados, se envían a las cuentas corrientes de los Fondos de Pensiones -
¿Cómo se calcula el saldo a transferir?
Este saldo se calcula con el valor cuota del día anteprecedente al cargo en la cuenta individual -
¿Qué pasa luego de que la persona selecciona la modalidad de pensión o desiste del trámite?
Los ahorros volverán a la cuenta y al Fondo original donde estaba -
¿Mi saldo se irá al Fondo F?
No existe el fondo F -
¿Si la persona decide no pensionarse, puede dejar congelados los ahorros?
Los saldos se mantienen congelados mientras dura el trámite de pensión -
¿Si quiere hacer cambio de modalidad de pensión, puede congelarse los ahorros?
Está permitido solo congelar los ahorros para las personas que están comenzando con el trámite de pensión -
¿Se puede congelar una parte de los ahorros o debe ser el total?
Depende de la cuenta -
¿Qué consideraciones debo tener en cuenta sobre congelar los fondos?
No se podrán realizar ciertas acciones -
¿Quiénes pueden solicitar congelar los ahorros?
Todos los afiliados que comiencen su trámite de pensión (pensión de vejez, vejez anticipada e invalidez) y que no reciban pago inmediato y los beneficiarios de una pensión de sobrevivencia que están iniciando el trámite -
¿Dónde se realiza esta solicitud de congelamiento de saldos?
Puede ser a través del Call Center o en sucursales -
¿Se debe firmar algún documento para el congelamiento de saldos?
Si su solicitud se realizar a través del Call Center quedará grababa la llamada -
¿Cuándo se transfieren los saldos después de congelarlos?
La AFP transfiere el valor en pesos de los ahorros al cuarto día hábil luego de que el afiliado lo solicita -
¿Estos fondos están afectos a rentabilidad?
El dinero no tendrá variaciones ya que no se invertirá en ningún Fondo de Pensiones -
¿Puedo desistir de congelar mis saldos una vez solicitado?
No se puede desistir de la opción de congelar sus saldos -
¿Se pueden realizar retiros desde el Ahorro Previsional Voluntario (APV) mientras esté en este proceso?
Si destinó su APV para pensión, no podrá realizar retiros mientras los saldos se encuentren congelados -
¿Qué es el congelamiento de saldos?
Congelar los ahorros significa dejar de invertirlos en los Fondos de Pensiones