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¿Existe plazo para presentar el reclamo del Bono de Reconocimiento?
Sí, los Bonos de Reconocimiento emitidos antes del 29 de diciembre de 1988, pudieron ser reclamados hasta el 28 de diciembre de 1990. Los bonos emitidos después del 28 de diciembre de 1990 tienen un plazo de dos años desde la notificación para ser reclamados. Esto es, desde la fecha en que la AFP envía el antecedente de cálculo respectivo.
Preguntas frecuentes relacionadas
Respuestas rápidas y precisas a las preguntas más buscadas
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¿Qué es el Bono de Reconocimiento?
Es un documento que representa una suma de dinero con los períodos cotizados en la Caja de Previsión del Antiguo Sistema -
¿Cuáles son los requisitos para el Bono de Reconocimiento?
Registrar, a lo menos, doce cotizaciones en alguna Caja de Previsión del Antiguo Sistema -
¿Cómo tramitar el Bono de Reconocimiento?
Comunícate con nuestro Call Center al 600 6600 9000 o acércate a cualquier sucursal -
¿Cómo obtener el Bono de Reconocimiento?
Primero, comunícate con nuestro Call Center al 600 6600 9000 o acércate a cualquier sucursal -
¿Quién realiza el trámite del Bono de Reconocimiento?
Nosotros tramitaremos el bono ante el IPS, Capredena o Dipreca, según corresponda -
¿Qué hacer si no estás conforme con el Bono de Reconocimiento determinado por la antigua caja?
Debes suscribir el formulario Solicitud de Reclamo del Bono de Reconocimiento en la AFP -
¿Cómo se reajusta el valor del Bono de Reconocimiento?
Con la variación del IPC entre el último día del mes anterior a la fecha de afiliación al Nuevo Sistema y el último día del mes anterior a la fecha de su pago efectivo -
¿Cómo se calcula el Bono de Reconocimiento?
En general, existen 3 alternativas de cálculo